Trailers: Cómo es el proceso para poder patentarlo y poder circular por la vía pública

Del dicho al hecho hay un largo trecho, dice el refrán, y en algunas cuestiones es mejor esperar los hechos que guiarse por los dichos. El año pasado comenzamos a viajar con las motos remolcadas a varios lugares, tanto porque algunas motos no eran aptas para circular por la vía pública como por la necesidad de viajar con las motos cargadas para cuidar las cubiertas de taco y llevar todo el equipamiento, viajar con mayor comodidad y seguridad, etc. Así que en varias ocasiones utilizamos trailers para cumplir con la tarea, en nuestro caso provistos por nuestros amigos de Portonar.

Al mismo tiempo, desde la ANSV el año pasado estaban trabajando para implementar una normativa, a través de DNRPA, mediante la cual regularizar la situación de todos los remolques de hasta 750 kilos que no fueran de fabricación en serie, a efectos de poder controlar que cumplieran con las medidas de seguridad necesarias para circular. Y esto es tanto para el trailer en sí, como para la instalación del mismo en el vehículo tractor. Pandemia mediante, llegando la fecha para que la norma comience a tener vigencia, las autoridades decidieron prorrogar por un año más, hasta el 1 de noviembre de 2021.

Con los requisitos por parte del ANSV plasmados en un documento (ver), denominado Informe Técnico Obligatorio, los fabricantes de trailers debieron comenzar a realizar modificaciones y adaptaciones en sus productos para estar en línea con las exigencias de la normativa, y así poder ofrecer a sus clientes remolques con la posibilidad de ser patentados. Así que, sabiendo que iba a ser un tema de interés para una buena parte de nuestra audiencia, encomendamos la misión de desasnarnos a Elías y César, de Portonar, sobre el proceso y los costos para lograr, finalmente, tener la chapa reglamentaria que nos permita circular con nuestras motos y en regla.

Y algunos meses después, con los resultados obtenidos y la logística armada, acá está la verdad de la milanesa sobre un tema que del que no abunda información y nunca se conocen los detalles. Recibir la información por parte de alguien que ya recorrió el camino siempre es valioso.

El trámite es bastante breve y simple, comenta Elias Hosein, el ingeniero verifica que se cumpla con los requisitos básicos tanto del trailer como del vehículo tractor. Se trata de un ingeniero mecánico. Los honorarios rondan los 20.000 pesos. Él se encarga de cargar todos los datos y presentar la documentación ante el colegio de ingenieros, que luego da el visto bueno -o no- y automáticamente lo comunica a la ANSV.

La Agencia Nacional de Seguridad Vial envía un mail al usuario del trailer con un link de pago, donde se abona un arancel de 2.000 pesos. Una vez efectuado el pago, la ANSV notifica a la DNRPA dónde está radicado el vehículo tractor y confirmando que está todo en orden para el patentamiento. El usuario pide turno en el registro automotor para solicitar la extensión de la chapa patente trailer. Una vez en el registro se abonan los aranceles, unos 2.500 pesos, y al cabo de 10-20 días está lista la chapa patente y el título de propiedad del trailer.

Así es la cosa señores, los trailers que no tienen LCM se pueden patentar y circular en regla si cumplen con las condiciones de seguridad y el trámite es bastante simple. Desde la teoría, al menos, debería servir para mejorar las condiciones de seguridad haciendo que todos los remolques estén instalados de manera correcta y cuenten con las medidas de seguridad y señalización correspondientes, ya que ahora la norma exige hasta la instalación de luz de marcha atrás.

Esperamos que la información sea de utilidad para quienes necesitan realizar este trámite.

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Archivo para descargar: Flujograma ANSV para el patentamiento de trailers

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18 Responses

  1. Y la patente es para usar con un solo vehículo tractor o puede circular con otros???
    De ser así como se hace para poder circular con el trailer con diversos vehículos???
    pregunto porque el trailer en casa lo usan todos depende de quien salga de vacaciones y en el campo los carritos lo tira la camioneta que esté disponible en ese momento…

  2. No entendi algo, si compro un trailer homologado igual tengo que caer en el ingeniero y poner las 20 lucas?? o el colegio de ingenieros ya tiene un listado de fabricantes homologados y si compro ahi solo hay q patentarlo?? Entiendo que aca el problema solo estaria en comprobar que el auto tractor cumpla con tener, conector de luces y cadenas de seguridad y algun otro parametro

        1. Creo que es recaudatorio, porque de las 20K tenes que cosiderar el IVA, IB, Ganacias, etc, etc, que se le lleva un 46% de esas 20K.
          Ademas de las 2K directos tenes todos los demas gastos del registro que tambien aportan un % a la gran olla del gobierno.
          Toda actividad genera platita para el fisco, toda, hasta inciar un juicio porque te estafaron primero tenes que pagar para iniciar todo. Nada se escapa a la aspiradora fiscal

  3. Creo que darle un marco regulatorio a los trailer es correcto, pero dejaron afuera a las casillas rodante por ejemplo (en breve los van a enmarcar de manera similar a los trailer). Tampoco se le pidió a los Colegios que participen en la elaboración de la norma… deja muchas cosas sueltas… ¿que pasa si vendo mi auto/camioneta lo vendo con el trailer? por que el informe esta asociado al vehículo tractor y su capacidad de frenado! o que pasa si yo tengo dos vehículos para tirar el trailer? cuantas familias/amigos/empresas compran uno y lo usan varios! soy ingeniero mecanico y tengo unos piojos terribles!!!

    1. Por lo menos en la provincia de Santa Fe existe una ley de desregulación de los honorarios profesionales, por lo tanto, uno puede regalar o cobrar 10 veces lo que dice el Colegio pero si o si hay que pagar aporte al colegio y caja por la tarea liquidada (valor de referencia). Respecto de las 20 lucas me sorprende porque la FADIE (la cual firmo el convenio con la ANSV) en un comunicado sugirió un valor de referencia de $8000… Los $2000 son para la ANSV en el registro otros $2500

  4. De todas maneras quedan grises que por le menos en el registro de mi ciudad no saben que hacer en esos casos. Como cuando el tráiler supera los 750 kg, que salvo que sea un tráiler de moto o batancito lo superas tranquilo. Que hacemos con las lanchas y embarcaciones que superan ese peso (o sea todas), no las podés más mover por tierra?. O que pasa si remolco el tráiler con varios vehículos, porque si por ejemplo 3 vehículos tiran el mismo tráiler hay que gastarse $73.500?? Y así hay un par de preguntas más que hice en el registro de mi ciudad y no supieron contestar

  5. 7 de mayo le escribí a la gente de Portonar con preguntas concretas respecto al trailer plegable. Se agradece la nota, pero no me van los que responden a periodistas pero no a los consumidores que tienen la guita para comprar hoy pero no les dan bola.

  6. Si tenés dos vehículos tractores y un solo trailer esta norma no sirve.
    Si tenés un amigo al que le querés prestar el trailer esta norma no sirve.
    Si tenés un pool de vehículos y de trailers (lo he visto en empresas de turismo en el sur) esta norma no sirve.

    En resumen, quien ideó esta norma, es un inútil. No se puede suavizar el adjetivo calificativo.
    No sólo es un “curro”. Es un “curro” mal diseñado, mal pensando y peor ejecutado.

  7. Si querían homologar los trailers podrían haberlo hecho asociando un número de serie o algo de similar tenor al mismo y listo.
    No había necesidad de asociarlo al vehículo tractor.
    Me imagino que quien alquile trailers debe estar como loco. Le mataron el negocio.

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